En este momento estás viendo Convenio Colectivo de Trabajo: pago de salarios de docentes privados

Convenio Colectivo de Trabajo: pago de salarios de docentes privados

  • Tiempo de lectura:3 minutos de lectura

Con fecha 1º de julio de 2013, el por entonces Ministro de Educación de la Nación Alberto Sileoni selló el pacto junto con el Secretario General de SADOP Mario Almirón y los representantes de la Confederación Argentina de Instituciones Educativas Privadas (CAIEP), la Junta Coordinadora de Asociaciones de la Enseñanza Privada (COORDIEP) y el Consejo Superior de Educación Católica (CONSUDEC).

El acuerdo fija condiciones mínimas de trabajo para todos los docentes privados del país y puede considerarse un Convenio Colectivo. Esta firma supone un avance en el histórico reclamo de SADOP por establecer las condiciones de trabajo mediante el mecanismo de las paritarias. “Creemos que éste camino servirá para mejorar de modo continuo las condiciones y medio ambiente de trabajo de nuestros compañeros, a la par de reafirmar la idea de educación como Derecho Humano para todos sin exclusiones de ningún tipo”, remarcó Almirón.

La Comisión acordó el mecanismo para dotar de obligatoriedad a las disposiciones normativas contenidas en el acuerdo, para que lo allí pactado sea de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores y empleadores de la enseñanza privada, en todo el país.

Este acuerdo privilegia la relación con los representantes de los empleadores y la participación del Poder Ejecutivo Nacional como mecanismo para adoptar decisiones, para democratizar las relaciones laborales docentes, elevando los niveles de protección dados por las leyes y especificando cuestiones no previstas en ellas.

Además, rescata la definición de la Ley de Educación Nacional respecto de la educación como prioridad nacional y une ello al instrumento del aporte estatal como modo concreto de garantizar la inclusión educativa. Subraya la importancia de la asistencia financiera del Estado, pero no condiciona los derechos de los docentes privados a esa asistencia. Es clara en ese sentido la siguiente disposición del Convenio: "la no obtención del aporte estatal o la demora en su percepción no exime al propietario de su obligación de pagar los sueldos conforme la ley, cualquiera sea el carácter del Instituto".  Por ello, el sector empleador expresa su voluntad de recomponer progresivamente el salario de todos los docentes.

Ante todo lo expuesto hasta aquí, el Sindicato Argentino de Docentes Privados Seccional Catamarca le recuerda a todos sus afiliados, y a los docentes en general, que el SADOP es el único gremio con Personería Gremial para representar a los docentes de gestión privada. Además, le recordamos a ustedes que de la firma del mencionado acuerdo participaron el CONSUDEC, COORDIEP y CAIEP, organismos que tienen la representatividad de la patronal y que lo acordado, al tener el marco legal de un Convenio Colectivo de Trabajo (Res. Nº 08/2013), es de obligatorio cumplimiento.