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LEY 2.4716: LICENCIA ESPECIAL: MATERNIDAD POR HIJO CON SÍNDROME DE DOWN

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El nacimiento de un hijo/a con Síndrome de Down le otorga a la trabajadora, en relación de dependencia, el derecho a una licencia sin goce de haberes por el plazo de 6 meses a continuación de la finalización de la Licencia por maternidad.

Como padres, los docentes tienen derecho

Requisitos:

·         Solicitar al empleador la extensión de la licencia mediante comunicación fehaciente del diagnóstico del recién nacido con síndrome de Down, acompañando certificado médico, por lo menos con quince días de anticipación al vencimiento del período de la Licencia por maternidad.

ASIGNACIÓN POR MATERNIDAD POR HIJA/O CON SÍNDROME DE DOWN – ANSES

Luego de que el empleador le otorgue la Licencia por Maternidad Down podrá solicitar la Asignación por Maternidad Down ante ANSES hasta el mismo día en que finalice la Licencia por Maternidad.

La Asignación Familiar por Maternidad Down consiste en el pago de un monto que percibe la trabajadora durante el período de 6 meses que se otorga la Licencia de la Ley 24716. En el caso de remuneraciones fijas corresponde una suma de dinero igual a la remuneración bruta que la trabajadora hubiera debido percibir en su empleo. En el caso de remuneraciones variables (a destajo, producción, etc.) corresponde una suma de dinero que se obtiene del promedio de las remuneraciones correspondientes a los tres meses anteriores al inicio de la Licencia por Maternidad. Entiéndase por «Remuneración Bruta» las sumas remunerativas y no remunerativas, siempre y cuando éstas últimas hayan sido establecidas por Convenios Colectivos de Trabajo y no hayan sido abonadas por el empleador. Cuando la trabajadora se desempeña en más de un empleo, tiene derecho a la percepción de esta Asignación Familiar en cada uno de ellos.

A quiénes les corresponde:

  • Trabajadoras en relación de dependencia (Sistema Único de Asignaciones Familiares – SUAF).
  • Trabajadoras de servicio doméstico registradas.
  • Trabajadoras que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).

Documentación:

Si la trabajadora tiene más de un empleo deberá completar un formulario por cada uno de los trabajos.

·         Completar el Formulario PS.2.55 Declaración Jurada novedades unificadas SUAF en los rubros 1, 3, 7 y 10. 

·         El certificado médico del diagnóstico del rubro 7 debe contener las mismas fechas del certificado médico con el cual el empleador tomó conocimiento del diagnóstico de Síndrome de Down del recién nacido. Podrá reemplazar el rubro 7 con el certificado médico con el cual el empleador tomó conocimiento del diagnóstico del recién nacido. 

·         El rubro 10 debe tener tu firma y la del empleador. Si por motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio tu empleador no firmó el formulario podrás adjuntar una nota, firmada por el empleador, en la cual informe la fecha en que notificaste el diagnóstico de Síndrome de Down de tu hijo y solicitaste la ampliación de la Licencia por Maternidad por el Nacimiento de un Hijo con Síndrome de Down.

Conocer y analizar el Régimen de Licencia, Justificaciones y Franquicias es una forma de aprender sobre nuestros derechos como docentes. Por cualquier consulta, comentario o dudas comunicate con SADOP Catamarca a través de nuestro correo electrónico. Muchas gracias.