El delegado sindical será aquel trabajador elegido por sus compañeros, para que
los represente en actos, reuniones o cualquier otro tipo de situación que suponga
la discusión de sus intereses, por tanto, estará absolutamente habilitado para
llevar adelante negociaciones en nombre de sus representados, así como también
a la hora de impulsar gestiones o decisiones que siempre tengan como fin último el
bienestar de todos los miembros del sindicato. El delegado representa a los
trabajadores ante el sindicato, ante el empleador y ante el Ministerio de Trabajo
cuando éste realiza inspecciones laborales. Asimismo, representa al sindicato ante
los trabajadores y el empleador.
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