Luego de varios meses de discusión y de álgidos debates en Comisiones de trabajo se aprobó el nuevo Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias que regirá, a partir del 2015, para todos los docentes de la provincia de Catamarca.
Las Comisiones de trabajo estuvieron integradas por miembros del Ejecutivo provincial, parte de la conducción del SADOP Catamarca y además, representantes de otros gremios docentes de la provincia (UDA, ATECA y SUTECA).
El espíritu que impulsó inicialmente la modificación del Régimen de Licencias era atender las nuevas demandas que plantea la labor docente y los cambios producidos en la sociedad actual.
A continuación, le presentamos las principales modificaciones realizadas al Régimen, aunque las mismas aún no rigen oficialmente.
El Capítulo IV que atiende las Licencias especiales por salud y razones sociales (Art. 16 al 37):
- Afecciones de corto tratamiento (45 días corridos al año);
- Enfermedades en horas de labor (retiro del docente justificado con certificado del SAME);
- Accidente de trabajo o enfermedades personales (2 años de goce íntegro de haberes);
- Enfermedades de largo tratamiento (2 años en forma continua o discontinua con percepción íntegra de haberes, un año más cobrando el 50% y un año sin goce de haberes);
- Incapacidad (cuando las lesiones o enfermedades acordadas son irreversibles o tomaron tratamiento, accidente laboral o enfermedad profesional son irreversibles o tomaron carácter definitivo se considerará que el docente está en condiciones de iniciar trámites de iniciar trámites de jubilación por invalidez en cuyo caso se aplicarán las leyes de seguridad social correspondientes).